El Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, establece con carácter temporal un mecanismo de ajuste de costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en los mercados mayoristas de la península ibérica.
Esta medida durará 1 año a partir de su aprobación, hasta mayo 2023.
La medida empieza limitando el precio del gas en los mercados mayoristas a 40 €/MWh durante los primeros seis meses y, después de eso, cada mes se incrementará el tope en 5 euros hasta los 70 €/MWh.
CLAVES del TOPE al PRECIO del gas
Este concepto regulado se verá reflejado en la FACTURA DE LUZ como un concepto de facturación adicional «Tope precio del gas o Coste tope del gas RDL10/2022», en la sección de «Cargos normativos».
Se calculará el importe de este nuevo ‘’impuesto’’ multiplicado el consumo facturado por el coste horario del mecanismo publicado diariamente por OMIE, según el perfil inicial vigente de REE correspondiente a la tarifa de acceso del suministro.
Este cargo normativo no aplica a Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla
Este cargo normativo es de aplicación para los consumos realizados a partir del 15 de junio de 2022 en:
Si tenemos un contrato anterior al 26 de abril de 2022 no aparecerá este cargo normativo.
Una vez se cumplan los dos puntos anteriores, un nuevo concepto »tope precio del gas» aparecerá en nuestra factura reduciendo considerablemente las ventajas que teníamos y aumentando el precio de esta.
Las compañías eléctricas ya nos informan sobre este nuevo recargo en la factura, como podemos observar en las siguientes imágenes:
Una de las soluciones que propone el decreto ley, es ampliar las medidas para luchar contra los efectos económicos de la guerra en Ucrania, aquí se incluye la rebaja del IVA de la luz del 10% al 5%, siempre y cuando la potencia contratada no supere los 10 kW.
Esta bajada del IVA sobre la luz, es un mecanismo para proteger al consumidor frente a la inflación sobre el precio de la electricidad que está superando límites históricos.
El tope de gas ha sido difundido por el Gobierno del Estado como una gran medida para reducir el precio de la factura eléctrica de los consumidores. Y la primera conclusión que se puede sacar es que la medida favorece a las multinacionales y castiga a los usuarios de energías renovables y clientes de las pequeñas empresas de distribución.
El hecho de que las empresas vendan en el mercado su energía de origen fósil a un precio inferior al que lo harían sin el tope del gas, no significa que pierdan dinero. El Real Decreto-ley establece un sistema de compensación para retribuirles hasta lo que hubiesen ganado vendiendo al precio normal. Y esta compensación económica la asumen los consumidores de las cooperativas y de las pequeñas empresas de distribución y sobre todo quienes han invertido en autoconsumo.
Se castiga a quienes tienen menos consumo de energías fósiles. Se mantienen las ganancias de las grandes productoras a costa de los consumidores, y también se favorece a los grandes grupos empresariales que generan energía y la venden a comercializadoras de su mismo grupo.
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